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AYT-ORDREG Aprobación de Ordenanzas y Reglamentos

Descripción En su calidad de Administración Pública de carácter territorial, el Municipio tiene la potestad reglamentaria y de autoorganización. Es competencia del Pleno la aprobación de Ordenanzas y Reglamentos, conforme al procedimiento regulado en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.
¿Quién lo puede solicitar?

La iniciativa para la aprobación de normas municipales (Ordenanzas y Reglamentos) corresponde a:

a) La Junta de Gobierno

b) Los Concejales

c) La iniciativa popular

En la tramitación de la aprobación o modificación de Ordenanzas, tras la aprobación inicial por el Pleno, se abrirá un trámite de información pública y audiencia a los interesados por el plazo mínimo de treinta días para la presentación de reclamaciones y sugerencias.

Documentación a aportar Escrito de reclamación o sugerencia. Las reclamaciones o sugerencias presentadas deben ser resueltas por el Pleno.
Medios de contacto
Plazo de tramitación El plazo de tramitación es de 3 Meses
Normativa Artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local
¿Quién tramita la solicitud? Ayuntamiento de Getafe
Forma de iniciacion De oficio o a instancia de parte
Requisitos Los interesados podrán presentar escrito de reclamación o sugerencia al texto de la Ordenanza o Reglamento inicialmente aprobado, durante el plazo de treinta días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación del correspondiente anuncio en el BOCM.
Organismo resolutor Pleno
Efectos presuntos Desestimación
Fin de la vía administrativa La resolución pone fin a la vía administrativa
15 de Diciembre de 2015

Ayuntamiento de Getafe
Plaza de la Constitución 1. 28901 Getafe (Madrid)
Teléfono: 912 027 900