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PLA-DEUJES Delimitación Unidad de Ejecución con elección de sistema de ejecución a instancia de parte

Descripción

La descripción de las unidades de ejecución es el acto administrativo a partir del cual se considera el inicio de la actividad de ejecución en su modalidad de actuación integrada, donde se elige el sistema de ejecución pertinente.

Cuando no se contenga directamente en el planeamiento urbanístico, la delimitación de las unidades de ejecución y modificación, incluso de la establecida directamente por el planeamiento, se acordará por los municipios, de oficio o a instancia de la parte interesada, previos los trámites de aprobación inicial, notificación personal a los propietarios y titulares de derechos afectados e información pública por veinte días. El plazo máximo para resolver los procedimientos iniciados a instancia de parte será de cuatro meses, transcurrido el cual podrá entenderse desestimada la solicitud.

El acuerdo de aprobación definitiva de la delimitación de las unidades de ejecución y de su modificación deberá publicarse, para su eficacia en el Boletín Oficial.

¿Quién lo puede solicitar?  Personas Físicas y Jurídicas
¿Cuándo iniciar el trámite?
  • De lunes a viernes de 9 a 14 h.
  • De lunes a jueves de 16 h.30 m. a 19 h. (excepto Julio/Agosto)
Documentación a aportar
  • Impreso de solicitud en modelo oficial.
  • Fotocopia D.N.I. del solicitante.
  • Documento suficiente del solicitante cuando actúe en representación y CIF.
  • Para cada fase de aprobación se requieren tres ejemplares en soporte papel y otro en soporte  digital (DWG, WORD, EXCEL  o similar) en abierto y cerrado, salvo que sea preciso solicitar informes sectoriales, en cuyo caso se presentarán tantos ejemplares como organismos informantes.
  • Además,  un ejemplar en soporte digital cerrado para su publicación en la fase de información pública con las reservas establecidas en la Ley Orgánica  3/2018 de Protección de Datos de Carácter Personal.
Medios de contacto Presencial
¿Dónde solicitarlo?
  • Registro General del Ayuntamiento de Getafe o cualquiera de las formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común.
Plazo de tramitación El plazo de tramitación es de 4 Meses
Precio y forma de pago Pago de Tasas según la Ordenanza Municipal
Normativa
  •  Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el  texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana.
  • RD 1346/76, de 9 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, en cuanto a la legislación de aplicación supletoria.
  • Ley 9/2001, de 17 de julio del Suelo de la Comunidad de Madrid.
  • Reglamento de Planeamiento aprobado por RD 2159/1978, de 23 de Junio.
  • Ley 7/1985 2 de Abril, Regulador de la Base de Régimen Local, parcialmente modificada por la Ley 57/2003 de 16 de Diciembre de Medidas para la Modernización del Gobierno Local.
  • Plan General de Ordenación Urbana de Getafe.
¿Quién tramita la solicitud? Planeamiento y Gestión Urbanística
Forma de iniciacion De oficio o a instancia de parte
Organismo resolutor Junta de Gobierno
Efectos presuntos Desestimación
Fin de la vía administrativa La resolución pone fin a la vía administrativa
Recursos

Recurso de reposición.

  • Plazo de interposición: 1 mes
  • Ante quién se recurre: Ante el mismo Órgano que dictó el acto administrativo.
  • Plazo de resolución: 1 mes

Recurso Contencioso Administrativo.

  • Plazo de interposición: 2 meses
  • Ante quién se recurre: Juzgado de lo Contencioso Administrativo.
Observaciones
Más información
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15 de Septiembre de 2022

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Plaza de la Constitución 1. 28901 Getafe (Madrid)
Teléfono: 912 027 900