Factura Electrónica

De conformidad con el artículo 4 de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del resgitro contable de facturas en el Sector Público, los proveedores que hayan entregado bienes o prestado servicios al Ayuntamiento de Getafe o al organismo autónomo Agencia Local de Formación y Empleo, podrán expedir y remitir factura electrónica.
 
Estarán obligadas al uso de la factura electrónica y a su presentación a través de FACe las entidades siguientes:
  1. Sociedades anónimas
  2. Sociedades de responsabilidad limitada
  3. Personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica que carezcan de nacionalidad española
  4. Establecimientos permanentes y sucursales de entidades no residentes en territorio español en los términos que establece la normativa tributaria
  5. Uniones temporales de empresas
  6. Agrupación de interés económico, Agrupación de interés económico europea, Fondo de Pensiones, Fondo de capital riesgo, Fondo de inversiones, Fondo de utilización de activos, Fondo de regularización del mercado hipotecario, Fondo de titulización hipotecaria o Fondo de garantía de inversiones
Quedan exceptuadas las facturas por importe igual o inferior a 5.000 € en aplicación de la facultad prevista en el artículo 4º de la Ley 25/2013.
En todas las facturas, independientemente de su formato (electrónico o papel) deberán incluirse obligatoriamente los siguientes datos:
  • El número de operación contable
    Este dato será proporcionado al proveedor por la unidad tramitadora del gasto. A la hora de dar de alta la factura en FACe se deberá indicar en el campo "Referencia receptor".
  • Código de oficina contable
      • Ayuntamiento de Getafe
        • LA0002671. Intervención General Municipal
      • Agencia Local de Formación y Empleo
        • LA0000098. Organismo Autónomo Agencia Local de Empleo y Formación
  • Código de órgano gestor
    • Ayuntamiento de Getafe
      • LA0002670. Concejal Delegado de Hacienda, Industria y Régimen Interior
    • Agencia Local de Formación y Empleo
      • LA0002756. Gerente del Organismo Autónomo Agencia Local de Empleo y Formación

  • Código de unidad tramitadora
    • Ayuntamiento de Getafe
      • LA0002677. Compras (contratos menores)
      • LA0002676. Contratación (resto de contrataciones)
      • L01280650. Ayuntamiento de Getafe (facturas derivadas de convenios de adhesión u otras)
    • Agencia Local de Formación y Empleo
      • LA0000098. Organismo Autónomo Agencia Local y Formación
La remisión de las facturas electrónicas al Ayuntamiento de Getafe y su organismo autónomo deberá realizarse a través del Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas de la Administración General del Estado (FACe), cuya dirección es: https://face.gob.es.
Según se establece en la Base número 21ª de las Bases de Ejecución del Presupuesto, junto con la factura deberá aportarse, dependiendo del tipo de contrato:
  1. Copia de albaranes de entrega y destino del material
  2. Documento acreditativo de la prestación del servicio, aunque éste sea de tracto sucesivo.
  3. Certificación de obra emitida por la Administración, a la que se añadirá relación valorada expedida por el contratista.
La aportación de la documentación indicada no será de aplicación a los contratos menores