Descripción | PARA SOLICITAR EL ALTA EN EL PADRÓN ES NECESARIO TENER "CITA PREVIA". La cita pude pedirse en la sede electrónica. Toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el Padrón del municipio donde reside. El alta puede ser tramitada por:
Al finalizarel trámite, con la misma cita, se le puede facilitar un certificado deempadronamiento · Si haypersonas empadronadas en la vivienda que no residen en la misma, para realizaruna nueva inscripción, se iniciará un expediente de baja por inscripciónindebida a los empadronados anteriormente. · Las personas extranjeras no comunitarias sinautorización de residencia permanente deberán renovar cada dos años lainscripción. En caso contrario se declarará la caducidad de la inscripción y labaja en padrón. · El plazomáximo para resolver el empadronamiento es de tres meses a partir de lasolicitud, según lo establecido en el artículo 21.3 de la Ley 39/2015, de 1 deoctubre, del Procedimiento Administrativo Común de las AdministracionesPúblicas. |
¿Quién lo puede solicitar? | Cualquier persona cuya residencia habitual se encuentre en el municipio de Getafe |
¿Cuándo iniciar el trámite? | Nuestro horario de atención es el siguiente: - Ayuntamiento de Getafe: lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas. lunes a jueves de 16:30 a 19:00 horas (excepto julio y agosto) Centros Cívicos: lunes a viernes de 9:30 a 14:00 horas |
Documentación a aportar | Documentos de identidad ORIGINALES Y EN VIGOR. Personas con nacionalidad española: · Mayores de 14 años: DNI o pasaporte en vigor. · Menores de 14 años: libro de familia o certificado de nacimiento originales (si tuvieran DNI o pasaporte deberán aportarlo). Personas con nacionalidad extranjera: · Mayores de 14 años: · De Estados miembros de la Unión Europea, Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza: NIE, junto a pasaporte o documento nacional de identidad originales en vigor. Si en el documento de identidad no figura la firma o falta algún dato obligatorio para la inscripción deberán presentar su pasaporte original o bien acudir en persona. · De otras nacionalidades: permiso de residencia o pasaporte. · Solicitantes de asilo y protección internacional: Resguardo de presentación de solicitud de asilo y documentos acreditativos de la condición de solicitante, en tramitación, de protección internacional. · Menores de 14 años: libro de familia o certificado de nacimiento, en caso de que no dispongan de un documento de identificación, o en dicho documento no consten los datos de los progenitores. · Resto: NIE o pasaporte. Representación de mayores de edad y menores emancipados: Si una persona mayor de edad o menor emancipada (representado) necesita que otra realice el trámite en su nombre (representante), debe aportar la siguiente documentación: · Escrito de autorización firmado, en el que conste quién va a actuar en nombre de la persona que se va a empadronar. · Original del documento de identidad de la persona que realiza el trámite. · Original del documento de identidad del representado, en caso de personas con nacionalidad extranjera o copia del documento de identidad, en el caso de personas con nacionalidad española. EMPADRONAMIENTO DE MENORES. Vease apartado "Observaciones" Documentos que acreditan el uso de la vivienda. Vease el apartado"OTROS DATOS DE INTERÉS". |
Medios de contacto | Puede Vd. contactar con este servicio en los teléfonos: 912027911 912027911 O a través de los correos electrónicos: puntoinformacion@ayto-getafe.org informacion@ayto-getafe.org |
¿Dónde solicitarlo? | La solicitud de Alta en el Padrón, CON CITA PREVIA, puede tramitarse en las siguientes oficinas: -Ayuntamiento de Getafe. Centro Cívico El Bercial Centro Cívico Buenavista (Sector 3) Centro Cívico Perales del Río |
Normativa |
|
¿Quién tramita la solicitud? | Ayuntamiento de Getafe |
Forma de iniciacion | A petición del interesado |
Requisitos | |
Subsanación | Si la solicitud presencial no es correcta por cualquier motivo, incluido la falta de documentación, no se admitirá a trámite y se deberá pedir una nueva cita. |
Organismo resolutor | Ayuntamiento de Getafe |
Observaciones | Documentación para acreditar la representación de los menores: · Menor que se empadrona con uno solo de los progenitores: certificado de nacimiento o libro de familia, acompañado de alguno de estos documentos: · Autorización del otro progenitor (que se recogerá preferentemente en el espacio reservado para ello en la solicitud de inscripción de padrón). · Resolución judicial de guarda y custodia del menor en exclusiva otorgada a dicho progenitor. En este caso se debe acompañar también, rellena y firmada por el progenitor que tiene la guarda y custodia, el modelo de Declaración Responsable que se facilitará en el momento de gestionar el empadronamiento. · Resolución judicial de guarda y custodia compartida donde establezca el domicilio del menor o con quien se empadronará. Se requerirá, además, autorización del otro progenitor, cuando en la resolución no se indique el domicilio o se establezca la convivencia del menor con ambos progenitores de manera alterna sin especificar el periodo. · Menor que se empadrona con personas diferentes a sus progenitores: · Autorización de ambos progenitores o en casos de tutela o acogimiento la resolución judicial o administrativa donde se establezca. |
Más información | Documentos que acreditan el uso de la vivienda. En todos los casos, salvo en el empadronamiento de menores no emancipados, hay que presentar alguno de los siguientes documentos que acrediten el uso de la vivienda, en los que deberá figurar siempre la dirección y el nombre y apellidos de, al menos, una de las personas que se va a empadronar: · Última factura de una compañía suministradora de telefonía fija, internet fijo, agua, luz o gas. No son válidos los recibos de pago. · Contrato de suministro de telefonía fija, internet fijo, agua, luz o gas. Será válido si está firmado dentro del año anterior a la fecha en la que se solicita el empadronamiento. Debe figurar el nombre y apellidos del titular del contrato. La dirección de suministro coincidirá con la dirección donde se solicita el empadronamiento. · Contrato de alquiler en vigor de vivienda o habitación. La duración mínima será de seis meses y deberá estar firmado por todas las personas que figuran en el contrato. Se deberá aportar además el último recibo del pago del alquiler, donde figure la persona arrendadora (propietario/a), la arrendataria (inquilino/a), mes de alquiler y dirección de la vivienda. Si no se pudiera presentar el recibo del mes en curso, o éste es por una cantidad inferior será necesario presentar un documento del propietario justificándolo. · Escritura o copia simple de propiedad de la vivienda, contrato de compraventa o nota simple del Registro de la Propiedad. Estos documentos únicamente serán válidos si no hay personas empadronadas con posterioridad a la fecha del contrato o la escritura. · Si la vivienda está de alta en el I.B.I se comprueba la titularidad de oficio. Autorización de empadronamiento: se encuentra en la solicitud de empadronamiento (Hoja Padronal), para las siguientes situaciones:
El Ayuntamiento está facultado para pedir documentos adicionales acreditativos del uso del domicilio, cuando se considere necesario para comprobar la veracidad de los datos contenidos en las solicitudes de empadronamiento. |
Ayuntamiento de Getafe
Plaza
de la Constitución
1.
28901
Getafe
(Madrid)
Teléfono: 912 027 900