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PADRON:Cambio de domicilio dentro del municipio

Descripción

PARA SOLICITAR EL ALTA EN EL PADRÓN ES NECESARIO TENER "CITA PREVIA". La cita pude pedirse en la sede electrónica.

Toda persona que resida habitualmente en España, está obligada a inscribirse en el Padrón del municipio donde reside habitualmente.

Si Vd. reside en Getafe y cambia de domicilio debe también hacer el cambio en el Padrón.

Al finalizarel trámite, con la misma cita, se le puede facilitar un certificado deempadronamiento

 ·       Si haypersonas empadronadas en la vivienda que no residen en la misma, para realizaruna nueva inscripción, se iniciará un expediente de baja por inscripciónindebida a los empadronados anteriormente.

·        Las personas extranjeras no comunitarias sinautorización de residencia permanente deberán renovar cada dos años lainscripción. En caso contrario se declarará la caducidad de la inscripción y labaja en padrón.

·       El plazomáximo para resolver el empadronamiento es de tres meses a partir de lasolicitud, según lo establecido en el artículo 21.3 de la Ley 39/2015, de 1 deoctubre, del Procedimiento Administrativo Común de las AdministracionesPúblicas.

¿Quién lo puede solicitar?

Toda persona que esté empadronada en Getafe y traslade su domicilio dentro de Getafe.

¿Cuándo iniciar el trámite?

Nuestro horario de atención es el siguiente:

- Ayuntamiento de Getafe: lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas.

                                            lunes a jueves de 16:30 a 19:00 horas (excepto julio y agosto)

Centros Cívicos: lunes a viernes de 9:30 a 14:00 horas

Documentación a aportar

Documentos de identidad de los que se empadronan ORIGINALES Y EN VIGOR.

Personas con nacionalidad española:

·        Mayores de 14 años: DNI o pasaporte en vigor.

·        Menores de 14 años: libro de familia o certificado de nacimiento originales (si tuvieran DNI o pasaporte deberán aportarlo).

Personas con nacionalidad extranjera: 

·         Mayores de 14 años:

·        De Estados miembros de la Unión Europea, Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza: NIE, junto a pasaporte o documento nacional de identidad originales en vigor. Si en el documento de identidad no figura la firma o falta algún dato obligatorio para la inscripción deberán presentar su pasaporte original o bien acudir en persona.

·        De otras nacionalidades: permiso de residencia o pasaporte.

·       Solicitantes de asilo y protección internacional: Resguardo de presentación de solicitud de asilo y documentos acreditativos de la condición de solicitante, en tramitación, de protección internacional.

·         Menores de 14 años:libro de familia o certificado de nacimiento, en caso de que no dispongan de un documento de identificación, o en dicho documento no consten los datos de los progenitores.

·         Resto: NIE o pasaporte.

Representación de mayores de edad y menores emancipados:

Si una persona mayor de edad o menor emancipada (representado) necesita que otra realice el trámite en su nombre (representante), debe aportar la siguiente documentación:

·     Escrito de autorización firmado, en el que conste quién va a actuar en nombre de la persona que se va a empadronar.

·     Original del documento de identidad de la persona que realiza el trámite.

·     Original del documento de identidad del representado, en caso de personas con nacionalidad extranjera o copia del documento de identidad, en el caso de personas con nacionalidad española.

EMPADRONAMIENTO DE MENORES. Vease apartado "Observaciones"

Documentos que acreditan el uso de la vivienda. Vease el apartado"OTROS DATOS DE INTERÉS".

Medios de contacto

Si tiene cualquier duda puede contactar por alguno de los siguientes medios:

- Teléfonos: 912027911 o 91 2027912.

Correo electronico: 

puntoinformacion@ayto-getafe.org

informacion@ayto-getafe.org
¿Dónde solicitarlo?

Puede entregar su solicitud en las siguientes oficinas, siempre con CITA PREVIA:

- Ayuntamiento de Getafe.

- Centro Cívico El Bercial.

- Centro Cívico Buenavista (Sector 3)

- Centro Cívico de Perales del Rio

Normativa
  • Ley 4/1996, de 10 de enero, por la que se modifica la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en relación con el Padrón Municipal.
  • Ley Orgánica 14/2003 de 20 de noviembre, que modifica la Ley 7/1985, de 2 de abril, a efectos de perfeccionar la información contenida en el Padrón Municipal relativa a los extranjeros empadronados.
  • Real Decreto 2612/1996, de 20 de diciembre por el que se modifica el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales aprobado por el Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio.
  • Resolución de 17 de febrero de 2020, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal.
  • Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
¿Quién tramita la solicitud? Ayuntamiento de Getafe
Forma de iniciacion A petición del interesado
Subsanación

Si la solicitud presencial no es correcta por cualquier motivo, incluido la falta de documentación, no se admitirá a trámite y se deberá pedir una nueva cita.

Organismo resolutor Ayuntamiento de Getafe
Observaciones

Empadronamiento de Menores:

·     Menor que se empadrona con uno solo de los progenitores: certificado de nacimiento o libro de familia, acompañado de alguno de estos documentos:

·      Autorización del otro progenitor (preferentemente en el espacio reservado para ello en la solicitud de inscripción).

·      Resolución judicial de guarda y custodia del menor en exclusiva otorgada a dicho progenitor. En este caso se debe acompañar también, rellena y firmada el modelo de Declaración Responsable que se facilitará en el momento de gestionar el empadronamiento.

·      Resolución judicial de guarda y custodia compartida donde establezca el domicilio del menor o con quien se empadronará. Se requerirá, además, autorización del otro progenitor, cuando en la resolución no se indique el domicilio o se establezca la convivencia del menor con ambos progenitores de manera alterna sin especificar el periodo.

·     Menor que se empadrona con personas diferentes a sus progenitores:

·      Autorización de ambos progenitores o en casos de tutela o acogimiento la resolución judicial o administrativa donde se establezca.

Más información

Documentos que acreditan el uso de la vivienda.

Alguno de los siguientes documentos en los que deberá figurar siempre la dirección y el nombre y apellidos de, al menos, una de las personas que se va a empadronar:

·     Última factura de una compañía suministradora de telefonía fija, internet fijo, agua, luz o gas. No son válidos los recibos de pago.

·     Contrato de suministro de telefonía fija, internet fijo, agua, luz o gas. Será válido si está firmado dentro del año anterior a la fecha en la que se solicita el empadronamiento. Debe figurar el nombre y apellidos del titular del contrato. La dirección de suministro coincidirá con la dirección donde se solicita el empadronamiento.

·     Contrato de alquiler en vigor de vivienda o habitación. La duración mínima será de seis meses y deberá estar firmado por todas las personas que figuran en el contrato. Junto con recibo del alquiler actual, donde figure la persona arrendadora (propietario/a), la arrendataria (inquilino/a), mes de alquiler y dirección de la vivienda.

Si no se pudiera presentar el recibo actual, o éste es por una cantidad inferior será  necesario presentar un documento del propietario justificándolo.

·     Escritura o copia simple, contrato de compraventa o nota simple del Registro de la Propiedad. Estos documentos únicamente serán válidos si no hay personas empadronadas con posterioridad a la fecha del contrato o la escritura.

·     Si la vivienda está de alta en el I.B.I se comprueba la titularidad de oficio.

Autorización de empadronamiento:  en la solicitud de empadronamiento (Hoja Padronal), para las siguientes situaciones:

  • Cuando en la vivienda figuren otras personas empadronadas, una de ellas, mayor de edad, debe autorizar  el empadronamiento, adjuntando fotocopia de su documento de identidad, así como del documento que acredite el uso de la vivienda.
  • Cuando en el domicilio no residan otras personas y ninguna de las que se inscriben es titular de la vivienda, es necesaro que uno de los titulares autorice, acredite la titularidad y adjunte fotocopia de documento de identidad.

El Ayuntamiento está facultado para pedir documentos adicionales acreditativos del uso del domicilio, cuando se considere necesario para comprobar la veracidad de los datos contenidos en las solicitudes de empadronamiento.



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4 de Mayo de 2023

Presencial Presencial

  • Oficina de Registro General del Ayuntamiento de Getafe Servicio de Atención al vecino (SAV)
    • Plaza Constitución, 1
    • Telf: 91 202 79 12
  • Oficinas de Registro Auxiliar de los Centros Cívicos del Ayuntamiento de Getafe. (Excepto CC. Centro-San Isidro y CC. Juan de la Cierva).

Ayuntamiento de Getafe
Plaza de la Constitución 1. 28901 Getafe (Madrid)
Teléfono: 912 027 900