Descripción | Los tenedores y responsables de animales potencialmente peligrosos deben solicitar la licencia para la tenencia del citado animal, licencia que deberá aportar en todo momento cuando conduzca al animal. |
¿Quién lo puede solicitar? | Propietario o responsable de perro potencialmente peligroso. |
Documentación a aportar | Fotocopia del DNI u otro documento de identidad del solicitante de la licencia. Declaración jurada del solicitante de la licencia, según apartado b) del art. 3 del R.Decreto 287/2002. Declaración jurada del solicitante de la licencia, según el apartado 3 del art. 13 de la Ley 50/99. Certificado de capacidad física del solicitante de la licencia. Certificado de aptitud psicológica del solicitante de la licencia. Certificado de antecedentes penales del solicitante de la licencia. Fotocopia de la cartilla donde figuren las identificaciones del animal y propietario. Fotocopia donde figure la última vacunación antirrábica del animal. Acreditación de la suscripción de un seguro de responsabilidad civil por una cobertura mínima de 120.000 euros. Fotocopia del último recibo del pago del seguro. |
Medios de contacto | Presencial. |
¿Dónde solicitarlo? | Registro General del Ayuntamiento Ventanilla única. Registros distritos. |
Plazo de tramitación | El plazo de tramitación es de 1 Meses |
Normativa | Ley 50/99 sobre Régimen Jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos. Ordenanza de Protección del Medio Ambiente del municipio de Getafe. |
¿Quién tramita la solicitud? | Medio Ambiente |
Forma de iniciacion | A petición del interesado |
Requisitos | Que el animal sea considerado potencialmente peligroso en base a sus características físicas y etológicas. |
Organismo resolutor | Concejal de Urbanismo, Modernización y Transparencia |
Efectos presuntos | Desestimación |
Fin de la vía administrativa | La resolución pone fin a la vía administrativa |
Recursos | Recurso de Reposición. Plazo de interposición: 1 mes. Ante quién se recurre: ante el mismo Órgano que dictó el acto administrativo. |
Observaciones | Cada licencia será personal e intransferible para cada persone que porte al animal, siempre que sea mayor de edad y cumpla con los requisitos legalmente establecidos. |
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