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PLA-EXPRRE Procedimiento de reversión

Descripción
  • Tiene por objeto la incorporación en el patrimonio del expropiado de un bien expropiado en el caso de no ejecutarse la obra o no establecerse el servicio que motivó la expropiación así como si hubiera alguna parte sobrante de los bienes expropiados, o desapareciese la afectación
¿Quién lo puede solicitar? Personas Físicas y Jurídicas
¿Cuándo iniciar el trámite?
  • De lunes a viernes de 9 a 14 h.
  • De lunes a jueves de 16 h.30 m. a 19 h. (excepto Julio y Agosto).
Documentación a aportar
  • Impreso de solicitud en modelo oficial.
  • Fotocopia D.N.I. del solicitante.
  • Documento suficiente del solicitante cuando actúe en representación y CIF.
Medios de contacto Presencial
¿Dónde solicitarlo?
  • Registro General del Ayuntamiento de Getafe o cualquiera de las formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común.
Plazo de tramitación El plazo de tramitación es de 3 Meses
Precio y forma de pago Según Ordenanza Municipal
Normativa
  • Ley 9/2001, de 17 de julio del Suelo de la Comunidad de Madrid.
  • Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954.
  • Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa , de 26 de abril de 1957.
  • Texto Refundido de la Ley del Suelo y Rehabilitación Urbana, RD legislativo 7/2015, de 30 de octubre.
  • Reglamento de Gestión Urbanística, aprobado RD 3288/1978, de 25 de Agosto.
  • Ley 7/1985, de 2 de Abril, Regulador de la Base de Régimen Local, parcialmente modificada por la Ley 57/2003 de 16 de Diciembre de Medidas para la Modernización del Gobierno Local.
  • Reglamento sobre Inscripción en el Registro de la Propiedad de Actos de Naturaleza Urbanística, aprobado por RD 1093/1997, de 4 de Julio.
¿Quién tramita la solicitud? Planeamiento y Gestión Urbanística
Forma de iniciacion A petición del interesado
Organismo resolutor Junta de Gobierno
Efectos presuntos Caducidad
Fin de la vía administrativa La resolución pone fin a la vía administrativa
Recursos

Recurso de reposición.

  • Plazo de interposición: 1 mes
  • Ante quién se recurre: Ante el mismo Órgano que dictó el acto administrativo.
  • Plazo de resolución: 1 mes

Recurso Contencioso Administrativo.

  • Plazo de interposición: 2 meses
  • Ante quién se recurre: Juzgado de lo Contencioso Administrativo.
Observaciones

Trámites administrativos para la aprobación:

  • Aprobación del inicio del expediente de reversión por la Administración en cuya titularidad se halle el bien expropiado, o a la que se encuentre vinculado el beneficiario de la expropiación que fue el órgano que resolvió.
  • Aprobación de la Hoja de Aprecio a los particulares que deben contestar en un plazo de 20 días (Art. 29 y siguientes de la LEF).
  • Estimación o desestimación de la Hoja de Aprecio Particular:
    • Estimación: firma del Acta de Mutuo Acuerdo y conclusión de la expropiación.
    • Desestimación: aprobación de la Hoja de Aprecio Municipal y su remisión al particular con el fin de que la admita o manifieste su disconformidad en un plazo del 20 días.
  • Remitida la contestación del particular estimando o manifestando su conformidad por lo que la Administración deberá contestar y dando un en un plazo de 10:
    - Si la admite se firmará un Acta de Mutuo Acuerdo y se concluye la expropiación.
    - Si no manifiesta su disconformidad se adoptará un acuerdo por el que se dará traslado al interesado que en el supuesto de no contestar o manifestar su disconformidad se entiende que se remite el expediente al Jurado Territorial de Expropiación para que fije definitivamente en vía administrativa el justiprecio.
  • Remitida por el Jurado Territorial de Expropiación se procederá al abono del justiprecio en los términos establecidos en los artículos 54 y siguientes de la LEF, quedando concluida la expropiación con la firma de las Actas de Pago con las que se reincorpora al patrimonio del expropiado del bien objeto de reversión.
Más información
  • La resolución del Jurado Territorial de Expropiación Forzosa podrá ser objeto de recurso en vía administrativa o contencioso administrativo tanto por los particulares como por la Administración.
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15 de Septiembre de 2022

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